El Sindicato Independiente de Policía Local de Andalucía (SIP-AN), a través de su delegación en Úbeda, convocó una rueda de prensa ayer miércoles 18 de junio en la sala del Club de Lectura del Hospital de Santiago. El objetivo de la comparecencia fue dar respuesta a las recientes declaraciones de la alcaldesa de Úbeda, Antonia Olivares, y del concejal de Personal, Javier Gámez, sobre la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento de Úbeda, que ha sido declarada nula en dos instancias judiciales, y sobre el informe provisional emitido por la Cámara de Cuentas de Andalucía, según explicaron desde el sindicato.
Juan Almagro, en representación del SIP-AN, ha lamentado la decisión del Ayuntamiento de Úbeda de apelar al Tribunal Supremo la sentencia que declara nula la RPT.
«Honestamente, desde el Sindicato Independiente de Policía Local de Andalucía SIP-AN, hemos de decir que, aunque ya lo adelantamos en la anterior rueda de prensa del día 3 de marzo, esperábamos que el Ayuntamiento de Úbeda, por una vez, fuera capaz de acatar una sentencia judicial que deja poco lugar a la Interpretación», afirmó Almagro. «No obstante, y tal y como nos aventuramos a predecir, haciendo uso de su legítimo derecho y del dinero de todos y cada uno de ustedes, el Ayuntamiento de Úbeda ha apelado en casación al Tribunal Supremo.»
Durante la rueda de prensa, Almagro rebatió las declaraciones de la alcaldesa, quien, según él, habría indicado que la RPT fue anulada por un «defecto de forma». El portavoz sindical citó textualmente partes de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para enfatizar que la nulidad de la RPT se debe a deficiencias más profundas en su elaboración.
«Señora Olivares, es que no hace falta entrar a valorar el contenido cuando algo está tan mal hecho como lo están las dos últimas y únicas Relaciones de Puestos de Trabajo que ha confeccionado este equipo de gobierno con usted a la cabeza», declaró Almagro. Para ilustrar su punto, añadió: «es como si uno se queja de que no ha entrado a ver lo bien pintadas que estaban las paredes de una casa… que se ha caído por no tener cimientos».
El sindicato también expuso preocupaciones específicas sobre el contenido de la RPT, como la posible falta de equidad en el complemento específico. Almagro mencionó ejemplos como la diferencia de retribución entre personas que trabajan un número dispar de noches al año, o la disparidad en el valor de los puntos según la titulación, aspectos que, según el sindicato, son objeto de análisis en las páginas 7 y 8 de la sentencia del TSJA.
Cuestionamientos a la gestión y al proceso de estabilización
El SIP-AN también ha denunciado una supuesta «continua y presunta vulneración de las normas» por parte del Ayuntamiento, específicamente en lo relativo a las mesas de negociación. Almagro recordó que el reglamento de funcionamiento municipal «indica que tiene la obligación de reunirse en el plazo máximo de un mes desde que se le solicita por parte de la mayoría absoluta de la representación sindical», mostrando diapositivas con solicitudes presentadas por el sindicato que, según su versión, no han recibido respuesta.
En relación con la apelación al Tribunal Supremo, Almagro cuestionó las supuestas declaraciones de la alcaldesa, quien habría expresado que «vamos a intentarlo y si no, pues una nueva RPT». El portavoz sindical se preguntó que «¿qué es lo que van a intentar que no vengan intentando desde el año 2018? ¿Van a intentar, ahora que en el Tribunal Supremo parece que andan muy liados, colársela, presuntamente, a sus Señorías? o ¿Hacemos una nueva RPT como quién hace figuritas de plastilina? Si una no sale bien, pues otra… y otra… y otra, ¿con el gasto que ello conlleva?»
El sindicato abogó por una RPT «justa y legal» en lugar de la descripción «inmaculada y bendecida» que, a su parecer, la alcaldesa habría empleado.
Preguntas sobre el informe de la Cámara de Cuentas
La rueda de prensa también se centró en el informe provisional de la Cámara de Cuentas de Andalucía sobre el ejercicio 2023. El SIP-AN formuló una serie de preguntas directas al equipo de gobierno, basándose en el contenido que, presuntamente, figura en dicho informe:
- Gratificaciones: «¿Es cierto que el informe dice que usted, en sus presupuestos ha destinado a gratificaciones más de 162.000€ por encima de lo permitido?»
- Plan de Estabilización: «¿Es cierto que en dicho informe se indica que el plan de Estabilización está fuera de plazo porque los procesos selectivos tenían que haber finalizado el 31 de diciembre de 2024?»
- Horas Extraordinarias: «¿Es cierto que en dicho informe provisional se indica que se supera el límite de 80 horas extraordinarias fuera de la jornada laboral previstas en el art. 35.2 del Estatuto de los Trabajadores para el personal laboral?» por un importe de 491.724,83 euros. Además, «¿Es cierto que en dicho informe se pone de manifiesto que se superan las 80 horas máximas anuales establecidas en el acuerdo de funcionarios del ayuntamiento en concepto de gratificaciones extraordinarias y que los principales colectivos que perciben estas retribuciones son los del servicio de extinción de incendios y los de la policía local y que, en ambos colectivos se retribuyen a través de este complemento conceptos relacionados con el puesto de trabajo que constituyen factores de valoración de los complementos específicos de ambos?» Almagro señaló que este último punto es «uno de los motivos por los que se declara nula la RPT.»
- Gratificaciones Periódicas: «¿Es cierto que las gratificaciones son percibidas de manera periódica siendo ello contrario a la legislación, en concreto, al art. 6 del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local?»
- Productividad: «¿Es cierto que, en dicho informe provisional, consta que se ha abonado la nada despreciable cantidad de 612.525 euros en concepto de productividad, incumpliéndose, otra vez, el RD 861/1986 en su artículo 5.5 […] ya que no existen unos criterios objetivos para asignar dicha productividad, y no se ha podido constatar que su percepción haya estado unida a un mayor desempeño en la realización del trabajo?»
- Contratación Temporal: «¿Es cierto, Señora alcaldesa que dicho informe pone de manifiesto que ‘La corporación incumple el art. 20?5 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, ya que no recurre a la contratación temporal con carácter excepcional y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables’? El importe de las contrataciones temporales en el ejercicio asciende a 2.239.791,84€.»
- Contratos por Obra y Servicio: «¿Es cierto que en dicho informe se indica que los 20 expedientes revisados no responden a los supuestos de hecho recogidos en el art. 15?1 del ET, y que con estas contrataciones se está dando respuesta a necesidades estructurales y permanentes del ayuntamiento. Y, además, a pesar de que con la nueva regulación se habían suprimido los contratos por obra y servicio determinado, ¿en el ejercicio 2023 el ayuntamiento […] una vez transcurrido el periodo transitorio se han formalizado 337 contrataciones por obra y servicio determinado?»
Juan Almagro concluyó la rueda de prensa instando al Ayuntamiento a responder a estas cuestiones, comprometiéndose a una disculpa pública si las afirmaciones no fueran ciertas, y exigiendo que el equipo de gobierno asuma responsabilidades si se confirman.
«Desde el Sindicato Independiente de Policía Local de Andalucía, creemos, señora alcaldesa, que la ciudad de Úbeda se merece que responda a estas preguntas y que, en caso de no ser cierto que en ese informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía figura lo que le acabo de preguntar, verá usted cómo, delante de estas mismas cámaras, yo le pido perdón públicamente, pero en el caso de que la respuesta a esas preguntas sea sí, debe ser usted la que tome decisiones y como se ha venido diciendo, a la política no se viene a pedir perdón.»